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Certificado de Eficiencia Energética

Desde el 1 de junio de 2013, las viviendas en venta o alquiler deben de disponer de un certificado energético, según el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril, con sanciones desde 300 a 6.000 euros si no se obtiene. Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimensiones del edificio.

Pero, ¿realmente en qué consiste un certificado energético?

En un edificio, la eficiencia energética del mismo, se calcula midiendo la energía consumida en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tiene en cuenta “la calefacción, la refrigeración, la ventilación, el agua caliente y la iluminación”.En concreto, el indicador recoge los kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg CO2/m² al año). A aquellos con un ratio de emisiones por debajo de los 6,8 kg CO2/m² al año se le asigna la letra A, la mejor calificación. La peor nota (la G) es para aquellos inmuebles que superan los 70,9 kg C02/m² anuales.

¿Qué edificios necesitan certificación energética?

Por lo general, cualquier inmueble que esté en venta o alquiler. Se excluyen los lugares de culto o religiosos, edificaciones aisladas de menos de 50 m², edificios y monumentos protegidos, y la parte no residencial de edificios industriales y agrícolas (si se debe de hacer a las oficinas que puedan tener estos edificios, por ejemplo). En edificaciones en situación de ruina, se realizará un informe en el que se especifique las causas de no hacer la certificación energética.

¿Qué validez y cuándo ha de entregarse?

Los propietarios que deseen vender su piso, deberán anunciar su venta con el certificado energético hecho, tanto su anuncio en inmobiliarias como en portales inmobiliarios en internet, y deberán aportarlo físicamente en el momento de la escritura pública de compraventa. En el caso de los alquileres, también es obligatorio para su difusión en internet o inmobiliarias, y el arrendador deberá darle una copia al inquilino. Este certificado tendrá una validez de 10 años.

¿Dónde podemos solicitarlo y cuál es su coste?

Desde Lfcantabria le brindamos este servicio. Pregúntenos sin compromiso.

Hasta aquí toda la información sobre qué es el certificado energético, pero ¿realmente los vendedores o arrendadores están informados, conocen su obligatoriedad y realizan este certificado?

Cuando le hablamos a un cliente de que debe realizar este certificado su cara suele ser un poema ¿el qué? Nos preguntan. Estamos habituados a sus quejas: otro invento del Gobierno, ya nos estáis sacando el dinero, si no he vendido ni sé cuándo voy a vender ¿por qué voy a hacerlo ahora? … Pero se trata de una imposición de la Unión Europea para intentar que las casas consuman cada vez menos electricidad y así reducir las emisiones de CO2. Llega con años de retraso y después de una amenaza de multa millonaria.

Siete años después todavía existen clientes que no saben de la obligatoriedad de este certificado para anunciar su inmueble en venta y/o alquiler.

Por otro lado está el tema de precios, no siempre el más barato cumple todos los requisitos, y nos podemos encontrar con una multa por mala ejecución del certificado. Hay que buscar un técnico con la titulación correcta, que debe de visitar la vivienda para evaluar la calidad de los cerramientos, el consumo de energía de los electrodomésticos o el grosor de las paredes. Sin este trabajo de campo es imposible emitir un certificado correcto.

Tenemos que tener claro, que es muy difícil que nuestra vivienda llegue a una letra A o B, por la forma que se ha construido, hasta 2007 no había normativa de eficiencia energética y únicamente se hizo hincapié en el asilamiento. Por tanto, no nos sorprendamos cuando a nuestra vivienda se le ha dado una E, es lo más normal. Más de la mitad  de los inmuebles que se ha tramitado la certificación han obtenido una E.

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